Las licencias laborales en Argentina se rigen bajo la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Entre ellas se encuentran las licencias por vacaciones, por maternidad, paternidad y licencias especiales.
Como empleado y empleada es muy importante que conozcas tus derechos y las licencias pagas establecidas por ley a la hora de ingresar a un empleo.
Diferentes tipos de licencias laborales en Argentina
A continuación te detallamos cuáles son las principales:
Licencia por vacaciones
Las vacaciones son el período de descanso remunerado que brindan los empleadores a sus empleadores.
Actualmente, la Ley 27.802 de Modernización Laboral, introdujo reformas en el sistema laboral argentino en relación a la forma en que se otorgan las vacaciones, aunque no cambió la cantidad de días de descanso según la antigüedad del trabajador.
Uno de los principales cambios apunta a brindar mayor flexibilidad en la organización de las vacaciones, tanto para empleadores como para trabajadores.
La normativa que regía establece que el empleador debe conceder las vacaciones dentro del período comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, que corresponde a la temporada de verano en nuestro país.
Sin embargo, la reforma incorpora una novedad importante: empleador y trabajador pueden acordar tomar las vacaciones fuera de ese período, siempre que exista consentimiento de ambas partes.
Asimismo, se incorpora que el empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento del período vacacional, siempre que cada uno de los tramos no sea inferior a siete (7) días.
Licencia por maternidad
Las personas que se encuentran en período de gestación, disponen de 90 días de licencia laboral.
- 45 días antes del parto
- 45 días después del parto
La ley también permite que la trabajadora reduzca el período previo al parto a un mínimo de 30 días y acumule el resto para después del nacimiento.
Licencia por paternidad
En el caso de los padres, corresponden 2 días corridos por nacimiento de una hija o hijo, conforme al artículo 158 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Licencias especiales
Además de las vacaciones y la licencia por maternidad y paternidad, la legislación laboral de nuestro país contempla una serie de licencias especiales pagas que permiten al trabajador ausentarse del trabajo por determinados acontecimientos personales.
- Matrimonio: al celebrar una unión civil o matrimonio, el trabajador tiene derecho a 10 días corridos de licencia, tradicionalmente destinados al período conocido como “luna de miel”.
- Fallecimiento de familiares directos: en caso de fallecimiento de cónyuge, conviviente, hijos o padres, corresponden 3 días corridos de licencia.
- Fallecimiento de hermanos: la ley otorga 1 día de licencia.
- Exámenes de estudio: para rendir exámenes de enseñanza media o universitaria se conceden 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.
Es importante tener en cuenta que, además de lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, existen Convenios Colectivos de Trabajo que pueden ampliar o mejorar el régimen de licencias laborales en el país, incorporando beneficios adicionales o aumentando los días previstos por la normativa general.