La reciente modificación en la legislación laboral argentina, reflejada en la nueva Ley Bases publicada en el Boletín Oficial, introduce una serie de cambios que van a impactar en el mercado laboral del país. A continuación, detallamos los puntos más relevantes de estas reformas, que incluyen ajustes a la Ley de Contrato de Trabajo.
Conocé los 12 puntos clave de la nueva legislación laboral Argentina
- Régimen simplificado de registración laboral
Se implementa un sistema simplificado con un aporte único para empresas con hasta 12 empleados. Además, se introduce un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado. - Ámbito de aplicación de la LCT
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) no se aplicará a las contrataciones de obra, servicios, agencias, ni a las reguladas bajo el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC). Esto excluye de su ámbito de aplicación ciertas formas de contratación, limitando el alcance de la LCT a las relaciones laborales tradicionales. - Presunción de la existencia de un contrato de trabajo
La presunción de la existencia de una relación laboral no se aplicará en casos de contrataciones para obras o servicios profesionales u oficios, siempre y cuando se emitan recibos o facturas. Esta medida aclara las condiciones bajo las cuales no se considerará automáticamente una relación laboral. - Modificaciones en licencias por maternidad
Se permite reducir la licencia previa al parto a un mínimo de 10 días y acumular el resto del tiempo al período postparto. - Casos de contratistas y tercerización
La registración realizada por el empleador directo será válida. Esto significa que las obligaciones laborales del empleador en situaciones de tercerización o contratación a través de terceros serán aceptadas y validadas, asegurando el cumplimiento de los derechos laborales. - Período de prueba
Se establece un período de prueba de 6 meses que puede ser extendido hasta 12 meses dependiendo el tamaño de la Empresa. Se prohíbe el uso abusivo de este. Este período permite evaluar la idoneidad del trabajo antes de la confirmación definitiva del contrato. - Justa causa de despido
Se especifican causales objetivas para el despido, estableciendo criterios claros y justificados para la terminación de la relación laboral. - Despido discriminatorio
Se contempla una indemnización agravada para los despidos discriminatorios basados en etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política, sexo, género, orientación sexual, posición económica, características físicas o discapacidad. Sin embargo, no se exige la reinstalación obligatoria del trabajador en estos casos. - Fondo de cese laboral
Se establece un fondo alternativo a las indemnizaciones tradicionales por despido, que puede ser creado a través de convenios colectivos de trabajo y financiado con aportes mensuales de los empleadores. Estos aportes no podrán exceder el 8% del salario y serán exclusivamente responsabilidad del empleador. La Secretaría de Trabajo se encargará de regular el proceso administrativo relacionado con este fondo. - Trabajadores independientes
Se introduce la figura del trabajador “colaborador”, reduciendo de cinco a tres el número de colaboradores que los trabajadores independientes pueden emplear sin que se considere una relación de dependencia. - Derogación de las multas por falta de registración laboral
Se derogan las multas establecidas por la Ley Nacional de Empleo en relación con la falta de registración o registración deficiente, además de otras sanciones vinculadas a la seguridad social y al incumplimiento en el pago de aportes. - Derogación de la Ley 25.323
Se deroga una ley que incrementaba los montos indemnizatorios en casos específicos.
Es fundamental estar al tanto de estos cambios para que puedas desarrollar tu carrera profesional de la mejor manera y velando por el cumplimiento de tus derechos laborales. Los efectos concretos de estas modificaciones se irán conociendo con el tiempo, por lo que es importante estar atentos a cómo se desarrollan. Y vos, ¿qué opinás de estas nuevas medidas?, ¿cómo creés que van a afectarte en tu trabajo?
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